DERECHOS LABORALES
El
titular de la PDH explicó que con la reforma al artículo 102 de la
Constitución, se permite a organismos de derechos humanos intervenir en temas
de abusos a trabajadores agrícolas
Vicente
Guerrero, B. C. - Con la
reforma al artículo 102, apartado B, de la Constitución General de la
República, que se realizó en junio pasado, se abren posibilidades de atención a
los problemas laborales que enfrenta la población jornalera de la zona, afirmó
Heriberto García García.
El titular de la Procuraduría de Derechos Humanos y Protección Ciudadana de Baja California explicó que antes de la modificación citada, la PDH era incompetente en tres temas: laborales, jurisdiccionales y electorales
.
Con los cambios introducidos en el precepto en mención de la Carta Magna, se faculta los organismos de derechos humanos para intervenir en los asuntos de violación a los derechos laborales de los trabajadores, reiteró.
Con los cambios introducidos en el precepto en mención de la Carta Magna, se faculta los organismos de derechos humanos para intervenir en los asuntos de violación a los derechos laborales de los trabajadores, reiteró.
El ombudsman bajacaliforniano explicó que es importante trabajar con la clase trabajadora de la región, en este caso específico, para iniciar un proceso de “culturización” de los trabajadores agrícolas, particularmente.
Dijo que esta tarea, “en la que los medios de comunicación e información deben jugar un papel preponderante”, debe tener como objetivo crear conciencia entre la clase trabajadora sobre sus derechos laborales y de seguridad social que deben recibir
Además de conocer los aspectos fundamentales de la ley laboral, los trabajadores también deben saber los derechos que tienen como derechohabientes del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Expuso García García que el Seguro Social no sólo se encarga de brindar atención médica al trabajador, sino que ofrece varios otros servicios a los que aquel tiene derecho a acceder por su condición de usuario.
Entre otros destacó particularmente los servicios de guardería y estancias infantiles, a las que las madres trabajadoras pueden recurrir para el cuidado de sus hijos menores mientras trabajan
.
Es necesario que los y las trabajadoras no sólo conozcan todos los derechos que tienen sino que los ejerzan, y para ello “debemos conjuntar esfuerzos en un proceso amplio de cultura en la zona”, remarcó el ombudsman estatal.
Sudando la gota gorda
Es necesario que los y las trabajadoras no sólo conozcan todos los derechos que tienen sino que los ejerzan, y para ello “debemos conjuntar esfuerzos en un proceso amplio de cultura en la zona”, remarcó el ombudsman estatal.
Sudando la gota gorda
(1) Jornadas de trabajo que superan las 8 horas
(2) Las horas extras se paguen conforme a la ley
(3) Salarios por debajo del mínimo
(4) No son dados de alta ante el IMSS
(5) Sin derecho a atención médica gratuita
(6) Menores sin oportunidad de estudio
(6) Menores sin oportunidad de estudio